Las Personas Naturales legalmente capaces y los menores de edad que hayan cumplido 14 años, o quienes sin haberlos cumplido se asocien a través de un representante legal.
Las Personas Jurídicas del sector Cooperativo; y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
(Decreto 1480 de 1989 Cap III – Art. 14)
El objeto de Nuestra Compañía se fundamenta en
enunciar los principios y valores originales de:
La Cooperación – La integración – La Ayuda Mutua
bajo la regulación y la dinámica de las reglas propias exclusivas en su conjunto.
En la administración de los ahorros de los asociados PRESBIMUTUAL procura:
1. Aplicar de forma ordenada y previsiva los ingresos de los asociados para fomentar la cultura del ahorro.
2. Propender por mantener el poder adquisitivo de los ahorros de los asociados.
3. Dar confianza y seguridad a los asociados sobre el manejo de sus ahorros.
El otorgamiento de préstamos se enmarcará dentro de las siguientes políticas:
1. Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los asociados, nivel económico, social, educativo y cultural, mediante el ofrecimiento de productos de crédito ajustados a sus expectativas y necesidades en condiciones favorables.
2. Asignar los recursos disponibles dando prioridad a las líneas de crédito de mayor beneficio social y en relación directa con los saldos de los ahorros del asociado.
3. Propender por el sostenimiento de tasas activas inferiores al promedio del mercado financiero.
4. Facilitar la democratización del crédito, así los asociados podrán obtener de manera general como cupo de crédito un monto que represente hasta 6 veces* el saldo de los ahorros permanentes y voluntarios registrados en su cuenta, previa evaluación de solvencia y capacidad de pago.
* (consultar el reglamento de ahorro y crédito)